top of page

Todas las opciones para optar por la regularización extraordinaria: guía practica


Para poder optar por la regularización extraordinaria, además de cumplir con los requisitos comunes, debes de cumplir al menos uno de estos requisitos:



1.SOLICITANTES DE ASILO


Dirigida específicamente a personas que antes del 01 de enero de 2026 hayan presentado solicitud de acceso a Protección Internacional (manifestación de voluntad) o hayan formalizado la solicitud en España.


Aqui entran todas aquellas personas que tengan el asilo en tramite, aun sin resolución y todos aquellos que tienen el asilo denegado pero que han presentado recurso.


Estas personas deberán de presentar su solicitud a través del EX31.


2.HABER TRABAJADO


Para cumplir con este requisito se exige haber trabajado en algún momento de forma regular en España, en texto no exige mínimo de días, tampoco se determina hace cuanto debiste de trabajar en España.


La forma mas clara de demostrar que cumples con este requisito es aportando la vida laboral.



3.APORTAR PRE CONTRATO


Esta opción permite aportar un pre contrato, el cual no exige un mínimo de horas pero si exige que al menos tenga una duración de 90 días al año.


En cuanto a la modalidad del contrato, se admiten todo tipo de modalidades, aunque nosotros recomendamos que sea contrato indefinido.


En el pre contrato deberá de constar una clausula que indique que se condiciona el mismo a la posterior concesión de la autorización.



4.AUTONOMO


La cuarta opción permite que la persona pueda trabajar por cuenta propia mediante una declaración responsable. Es importante que esta alta de autónomo luego sea efectuada y que sea desarrollada la actividad.


Para completar esta declaración responsable, se deberá de completar el numeral 6) del EX32.


5.VIVIR CON TUS HIJOS MENORES DE EDAD


Si vives en España junto con tu unidad familiar puedes acogerte a la regularización extraordinaria, siendo clave aqui el empadronamiento colectivo o familiar y otras pruebas que puedan probar dicha convivencia.



6.VIVIR CON TUS HIJOS MAYORES DE EDAD CON DISCAPACIDAD


Aqui sigue siendo importante el empadronamiento, la acreditación del parentesco, certificado de discapacidad, informes médicos, entre otros.



7.VIVIR CON TUS PADRES SIENDO MAYOR DE EDAD


En caso de vivir con tus padres, siendo mayor de edad, tambien podrás acogerte a la regularización extraordinaria, en donde deberás de aportar el empadronamiento, demostrar el parentesco, entre otros medios de prueba



8.INFORME DE VULENRABILIDAD


En caso de no cumplir con ninguna de las anteriores opciones deberás de solicitar el informe de vulnerabilidad que podrá ser solicitado al ayuntamiento donde te encuentres empadronado o entidades autorizadas.



*Si tienes alguna duda o necesitas que te ayudemos con tu expediente puedes escribirnos a nuestro Whatsapp: 623 13 94 17





Comentarios


WhatsApp
bottom of page